VALORACION DE LOS DAÑOS EN UN ACCIDENTE
Podemos definir como accidente todo suceso imprevisto que provoca una alteración, con daño, a personas o bienes. También acontecimiento que interrumpe la actividad del trabajador con o sin lesión. Todo acontecimiento, no deseado, que da por resultado un daño físico a personas (lesión o enfermedad) o daño a la propiedad (materias primas, edificios, etc.) Completando esta definición y en relación a los daños consecuencia de este accidente, se debe entender que los daños se dividen en accidentales (sin voluntad de producirlos) e intencionales (o dolosos y culposos)
1.- Peritaje de daños materiales en un accidente
Junto a la forma clásica de peritar, consistente en ir al taller encargado de la reparación para establecer el coste de la misma, encontramos dos procedimientos nuevos:
1.- Uno de ellos es el denominado “Drive in”. Consiste en la creación de unos centros de peritación, en algunos casos propiedad de una aseguradora y en otros pertenecientes a una organización pericial que los pone a disposición de la compañía de seguros.
Los vehículos que han sufrido un accidente son llevados a los mencionados centros, si la naturaleza de los daños lo permite, y allí se efectúa la peritación. Estos centros dan la opción al propietario/a del automóvil de cobrar el importe fijado o de recibir una copia del dictamen y reparar el vehículo en el taller que desee. Este tratamiento puede aplicarse tanto a los asegurados de daños propios como a los terceros perjudicados.
2.- El segundo procedimiento es el Audatex. Este sistema se realiza con la ayuda de la informática. Así, se cumplimenta un documento base confeccionado para cada tipo de vehículo, señalando los códigos correspondientes a las características del automóvil y a las piezas a reparar y a sustituir (faros, pintura, etc.).
Por medio de un terminal, se envían a la base de datos las valoraciones grabadas y seguidamente se reciben las valoraciones procesadas. El ordenador central establece con todo detalle el coste de la reparación, utilizando los tiempos y precios contenidos en los catálogos de cada fabricante.
Este sistema puede resultar de gran utilidad, sobre todo en aquellos siniestros que revisten una cierta importancia.
2.- El baremo de indemnización para accidentes
El seguro del automóvil se basa en una institución jurídica denominada responsabilidad objetiva. Esta institución significa que la mera posesión de un objeto peligroso, que puede causar daños, obliga a su dueño/a a tener un aval o cobertura económica que garantice que puede afrontar los costes derivados de ese daño si eventualmente lo produce.
La posesión del automóvil es un claro caso de responsabilidad objetiva, pero existen otros, incluso más evidentes, como la posesión por parte del cazador de un arma de fuego o el levantamiento de una instalación nuclear.
La persona individual no garantiza necesariamente la reparación económica de los daños que provoque su máquina, su coche. Por eso existe un sistema en el cual la colectividad sobrelleva los costes de forma mutual, lo cual quiere decir que todos ponen algo, pues todos, por el mero hecho de tener un vehículo y circular con él, pueden potencialmente ser culpables de un daño por circulación.
Uno de los principales problemas que se presenta a la hora de reparar económicamente los daños de los accidentes de tráfico son los daños corporales.
En realidad, los accidentes con daños materiales se producen muchas más veces que los corporales. Pero, sin embargo, estos últimos comportan un coste muy superior y son de muy difícil tasación, incluso imposible. Es fácil valorar cuánto cuesta que un coche pierda una puerta: exactamente el coste de poner otra en condiciones que le permitan circular como lo hacía con anterioridad (reponiendo el estado anterior). Pero, ¿cuál es el coste de perder una mano? Tratándose de seres humanos, entran a jugar factores racionales e irracionales, además del dolor, que deteriora la calidad de vida, y las taras que, incluso de por vida, impiden de hecho que la persona pueda retomar su vida después de haber sido víctima de un accidente exactamente en el punto en que estaba cuando lo sufrió.
En el punto más alto de la escala está la muerte: perder a un ser querido es un dolor que no tiene precio.
Los sistemas jurídicos, sin embargo, no se enfrentan a este hecho obvio con fatalismo, desechando toda valoración del daño corporal “per se”. Sin embargo, todo sistema de indemnizaciones económicas tiene un límite, y es lo que, en cada momento, una sociedad puede pagar por esos daños.
En España, al igual que en otros países se hacen esfuerzos por tasar el dolor o daño corporal de una forma igual para todos, aunque teniendo en cuenta determinadas condiciones particulares, y edad y se crean una serie de tablas que instrumentan el cálculo de la indemnización: es lo que conocemos como el Baremo, que en realidad se llama Sistema para la Valoración del Daño Corporal en Accidentes de Tráfico.
El Baremo forma parte de una ley, la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor. Esto quiere decir que es de obligado cumplimiento en el cálculo de indemnizaciones por accidentes de tráfico. Otras normas que también manejan el concepto de indemnización por el daño corporal se refieren al Baremo como tabla indicativa.
¿Que cubre el baremo de indemnizaciones por accidentes?
La partida indemnizatoria cubre distintos factores, entre otros:
1.- El perjuicio personal particular del lesionado/a, que abarca diversas consideraciones como los daños morales ocasionados por un perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial severo, los daños morales por perjuicios estéticos de gran entidad, perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada al lesionado por las secuelas, el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados, y cuando los haya, los perjuicios excepcionales que para la víctima le haya ocasionado el accidente de acuerdo con sus circunstancias personales…
2.- El perjuicio patrimonial donde hay que tener en cuenta, entre otras consideraciones, la ayuda técnica que vaya a requerir la víctima del accidente, en su caso la adecuación de la vivienda, los incrementos que vaya a sufrir en los costes de su movilidad, la necesidad de ayuda de terceras personas, los gastos de asistencia sanitaria futura, la órtesis y prótesis que vaya a requerir, la rehabilitación ambulatoria y domiciliaria que precise en su caso, etc. (todos éstos conceptos susceptibles de análisis individualizado y contemplación dentro del Informe Social Pericial).
3.- Los informes periciales
Si bien en todo procedimiento de reclamación tras un accidente de tráfico, se encuentran muy presentes los informes médicos que acrediten el daño corporal, debemos hacer una especial mención a otro tipo de informes periciales que justifican unas amplias partidas indemnizatorias de gran cuantía contempladas por la ley y que merecen una especial atención:
- Informe pericial social
- Informe pericial psicológico
- Informe pericial de adaptación de vivienda y accesibilidad
- Informe pericial de adaptación de vehículo
- Informe pericial de ayudas técnicas
- Informe pericial de necesidad de rehabilitación
- Informe pericial de necesidad de ayuda de tercera persona
- Informe pericial médico
- Informe pericial de reconstrucción de accidentes
- Etc.
¿Que es el Informe Pericial Social?
Dentro del procedimiento judicial, es el elemento probatorio que tiene por objeto evaluar el contexto social y personal de las víctimas y de sus allegados (examinando las consecuencias del accidente en lo concerniente a su realidad familiar, laboral, educativa, social, de ocio, etc.). Esto se traduce en una cuantificación económica, susceptible de reivindicación dentro del concepto indemnizatorio por accidente de cualquier tipo, conforme a los términos legales vigentes.
El Informe Pericial Social es una herramienta que permite a los abogados/as de las víctimas aumentar la indemnización, pues ponen en valor aspectos que, aun estando bien definidos por el Baremo de indemnización por accidentes, habitualmente no se reclaman.
Por ello, los Informes Periciales Sociales, son la herramienta necesaria para poder valorar tales consecuencias, y poder cuantificar el daño causado conforme a los criterios técnicos dentro de las pautas del marco legalmente establecido.
Un accidente es de por sí un hecho traumático, un acontecimiento que sacude nuestras vidas y que en muchos casos tiene dramáticas consecuencias: daños físicos temporales o permanentes, daños materiales, pérdida de seres queridos, daños morales, implicaciones sociales, laborales, familiares como la adaptación de una casa, la pérdida de un empleo, el abandono de una carrera deportiva, trastornos psicosociales, etc.
En el proceso de reclamación de las indemnizaciones que corresponden a las víctimas de accidentes entran en juego muchos factores y por ese motivo es necesario el contar con el asesoramiento de un abogado especialista en accidentes que defienda los intereses de lesionado frente a las aseguradoras.
Fuente.- Asociación DIA.