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ABOGADOS NULIDAD MATRIMONIAL VALENCIA

 

Como abogados especialistas en derecho matrimonial en Valencia podemos definir este tipo de nulidad como la ineficacia del matrimonio CANONICO por causa coetánea a su celebración y que produce la inexistencia de los efectos del matrimonio desde el momento de su celebración, salvo aquellos casos de matrimonio putativo. 

 

Es decir esta nulidad matrimonial comienza desde el mismo momento de su celebración, existe un vicio en el consentimiento. A través de la nulidad matrimonial canonica se destruye el vínculo que nunca existió. Por estos motivos este tipo de disolución matrimonial es la única vía para poder contraer un nuevo matrimonio por la iglesia.

 

Este tipo de procedimientos de nulidad matrimonial lo puede solicitar cualquiera de los cónyuges sin necesidad o acuerdo del otro y es independiente que existan hijos y la condición necesaria es alegar y probar que existen alguna de las causas admitidas en nuestro ordenamiento canónico.

 

Causas de nulidad matrimonial eclesiástica

 

Nuestros abogados especialistas en derecho de familia deberan acreditar y probar que se da alguno de los motivos para pedir la nulidad matrimonial eclesiástica los cuales se dividen en:

 

 

1.- Defecto en la forma de celebración.

2.- La existencia de impedimentos.

3.- El vicio de consentimiento.

 

Por medio de nuestros abogados trámitaremos la nulidad eglesiastica del matrimonio canonico basandonos en alguno de los motivos expuesto y en concreto:

 

1.- Causas de nulidad eclesiástica por defecto de forma

 

Hay que decir que este tipo de supuestos son los menos frecuentes en el caso de nulidad eclesiástica y se resumen en:

  1. La falta de asistencia a la celebración del ordinario del lugar o del párroco.
  2. Matrimonio por poderes que sean nulos.
  3. Matrimonio celebrado sin la asistencia de uno o de los dos testigos.

 

 

2.- Causas de nulidad por existencia de impedimentos

 

1.- La edad: El matrimonio contraído entre varones menores de 16 años y mujeres menores de 14 años, será nulo. Si bien, se podrá pedir dispensa.

 

2.- La imposibilidad de mantener relaciones sexuales: Esta imposibilidad debe ser anterior al matrimonio y perpetua. En este caso, no se puede pedir dispensa. La esterilidad no prohíbe el matrimonio, salvo que el otro cónyuge haya contraído matrimonio engañado por dolo y desconozca la esterilidad.

 

3.- El matrimonio anterior: Es inválido el matrimonio de quien está ligado por el vínculo de un matrimonio anterior. No se podrá pedir permiso.

 

4.- Disparidad de cultos: La persona bautizada no podrá contraer matrimonio con otra que no lo esté. Se podrá pedir dispensa si una persona es católica y la otra pertenece a otra confesión cristiana no católica.

 

5.- El orden sagrado (sacerdotes) y el voto público y perpetuo de castidad en un instituto religioso: En ambos casos, se puede recibir el permiso de la Sede Apostólica.

 

6.- Delitos cometidos para contraer matrimonio: no se puede pedir dispensa.

 

- Rapto: No puede haber matrimonio entre un hombre y una mujer raptada/o.

- Crimen: No puede haber matrimonio entre una persona que mata al cónyuge del otro o a su propio cónyuge.

 

7.- El parentesco: No pueden contraer matrimonio:

 

- Los padres e hijos entre sí, ni los hermanos, ya sean de sangre o por adopción. No se admite dispensa.

- Los tíos con sobrinos, ni los primos entre sí. Se podrá pedir dispensa

- Los parientes afines (parentesco político). Es decir, el hombre no puede casarse con su cuñada o su suegra (hermana o madre de su mujer fallecida). Se podrá pedir dispensa.

 

 

3.- Causas de nulidad por vicio del consentimiento

 

1.- Incapacidad para prestar el consentimiento por:

- Falta de uso de razón.

- Grave defecto de discreción de juicio.

- Causas de naturaleza psíquica.

2.- Ignorancia de las propiedades esenciales del matrimonio.

 

3.- Error en la identidad de la persona o de una cualidad de la persona que afecte a la vida matrimonial.

 

4.- Dolo provocado para obtener el consentimiento.

 

5.- Matrimonio bajo condición de un hecho futuro o incierto.

 

6.- Violencia o miedo grave.

 

 

Bufeteonline cuenta con abogados y abogadas de familia en Valencia especialistas dedicados a la práctica del Derecho de Familia que le prestarán un asesoramiento completo en todo lo relacionado con esta materia, informándole de todos los derechos y obligaciones que le corresponden y aconsejándole cual sería la forma más adecuada de proceder en cada caso. Nuestros Abogados especialistas en Derecho de familia con dilatada experiencia en Regímenes Económicos Matrimoniales, le podrán ofrecer nuestros servicios profesionales en todas aquellas cuestiones relacionadas con los Divorcios, Separaciones, Regímenes Económicos Matrimoniales, Custodia...

 
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