EL ARBITRAJE COMO MEDIO DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
Arbitraje consiste en un proceso por cual se trata de resolver extrajudicialmente, es decir sin necesidad de acudir a la vía judicial, los problemas que surgen de las relaciones entre dos o más partes. Estas partes de común acuerdo serán las que determinen la intervención de un tercero neutral, el árbitro, para que resuelva este problema o conflicto por medio de un Laudo Arbitral que tiene los mismos efectos que una sentencia judicial.
Ante este árbitro neutral, al igual que en un procedimiento judicial, las partes le presentan el caso, prueban los hechos y sobre esa base este decide la controversia. Es decir su función consiste en decidir, no en ayudar o colaborar con las partes con el fin de intermediar y resolver el conflicto como ocurre en la medicación o conciliación.
CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL ARBITRAJE
1.- El arbitraje es Voluntario y Consensual
Un proceso de arbitraje únicamente puede tener lugar si ambas partes lo han acordado por escrito en la firma de un contrato en la cláusula arbitral sometiéndose para el caso de controversias futuras al arbitraje en vez de la vía judicial, quedando obligado a ello y no pudiéndose retirar unilateralmente de este proceso de arbitraje.
2.- Las partes seleccionan al árbitro o árbitros
Compete a las partes seleccionar conjuntamente a un árbitro único. Si optan por un tribunal compuesto por tres árbitros, cada parte selecciona a uno de los árbitros y éstos seleccionarán a su vez a un tercer árbitro que ejercerá las funciones de árbitro presidente.
3.- El arbitraje es neutral
Las partes pueden especificar elementos tan importantes como el derecho aplicable, el idioma y el lugar en que se celebrará el arbitraje. Esto permite garantizar que ninguna de las partes goce de las ventajas derivadas de presentar el caso ante sus tribunales nacionales en caso de conflictos internacionales.
4.- El arbitraje es un procedimiento confidencial
En la legislación aplicable al arbitraje se protege la confidencialidad de la existencia del arbitraje, las divulgaciones realizadas durante dicho proceso, y el laudo
5.- La decisión del tribunal arbitral es definitiva y fácil de ejecutar
Al quedar sometidas al arbitraje las partes se comprometen a ejecutar el laudo del tribunal arbitral sin demora.
VENTAJAS DEL ARBITRAJE EN COMPARACION CON LA VIA JUDICIAL.
1.- Celeridad en la resolución del conflicto. (Máximo 6 meses).
2.- Económico por la reducción de gastos y costes en comparación con la carestía de la vía judicial.
3.- Es una vía eficaz de resolución de controversias.
4.- Se desarrolla por la actuación de profesionales y expertos en la materia que sea objeto de arbitraje.
5.- Se satisfacen los intereses personales y económicos
6.- Se evitan litigios futuros.
VALOR DEL "LAUDO" (Sentencia Arbitral)
Después de la nueva redacción del artículo 517 de la LEC, entre los títulos ejecutivos se encuentran los laudos o resoluciones arbitrales firmes. Es decir se ha llegado a una equiparación plena, en lo que a ejecución se refiere, con las sentencias firmes y otros títulos ejecutivos.
El juez competente para ejecución del laudo, en el caso una de las partes se niegue a realizar lo en este emitido, será el del lugar donde se haya dictado.
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