¿QUE ES EL DERECHO AL OLVIDO EN INTERNET?
A raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que ampara el «derecho al olvido» en la red, y que es fruto de un litigio entre la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y Google, se ha dado una revolución a la hora de garantizar la intimidad y privacidad de los ciudadanos, según expertos legales.
Tras la sentencia europea, los motores de búsqueda dispusieron un formulario para que los ciudadanos interesados hicieran su solicitud por Internet mediante un procedimiento que ahora avala la Audiencia Nacional: el interesado debe indicar que la búsqueda se ha realizado a partir de su nombre como persona física y debe incluir los resultados o enlaces obtenidos a través del buscador, así como el contenido de la información que le afecta
Por ese motivo La Audiencia Nacional ha hecho suya, sin matices, la jurisprudencia europea en las primeras 18 sentencias de la justicia española sobre el denominado derecho al olvido en Internet, por el que los ciudadanos pueden exigir a los buscadores, en este caso a Google, la supresión del acceso directo a informaciones de carácter personal que consideran lesivas si no se justifican por el interés público ni por la relevancia de la persona afectada.
“La cancelación de datos estará justificada”, viene a aclarar el tribunal, cuando las circunstancias de cada caso concreto así lo determinen “ya sea por la naturaleza de la información, por su carácter sensible para la vida privada del afectado, por la no necesidad de los datos en relación con los fines para los que se recogieron o por el tiempo transcurrido, entre otras razones”.
¿Pero en que consiste este derecho al olvido?
El derecho al olvido es el derecho que tiene el titular de un dato personal a borrar, bloquear o suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta el libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales, es un derecho relacionado con el Habeas Data y la protección de datos personales. Es por ello que el DERECHO AL OLVIDO debe ser un derecho inalienable, especialmente cuando las informaciones publicadas no se atienen a la realidad. Incluso en los casos en que se corresponden con la realidad, pueden tener un efecto nocivo, injusto, carecer de antecedentes penales etc...
Según la AEPD, el «derecho al olvido hace referencia al derecho que tiene un ciudadano a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando su publicación no cumple los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa».
La AEPD señala que este derecho incluye limitar la difusión de información de datos personas, incluso cuando la publicación original sea legítima. «La difusión universal e ilimitada de información que ya no tiene relevancia ni interés público a través de los buscadores causa una lesión a los derechos de las personas», apuntan.
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