COMO RECLAMAR UNA INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS AL SEGURO.
CUANDO LA COMPAÑÍA ASEGURADORA NO INDEMNIZA A SU ASEGURADO
El sector de los seguros es muy amplio y los conflictos que se generan muy distintos. Los seguros recaen en muchos ámbitos de la vida ordinaria y afectan a muchas personas. Las pólizas cubren contingencias en actividades tan diversas como la circulatoria, laborales o deportivas. Otros tipos de pólizas recaen sobre bienes materiales como el hogar, joyas o animales. Las personales tienen un ámbito diferenciado cuyo objeto de cobertura es el sanitario, de vida o de viaje. La lista de las distintas pólizas llega a ser ilimitada.
Cuando un ciudadano contrata un seguro, lo hace con la intención de cubrir un riesgo. Su voluntad es paliar los perjuicios y daños que puedan sufrir él mismo o terceros. Hablando llanamente, quiere tener la certidumbre de que un evento futuro e impredecible no le cause un menoscabo económico que no pueda afrontar.
Contrariamente a lo deseado, la relación entre el asegurado y su compañía aseguradora no siempre es pacífica. El problema se plantea cuando se sufre un siniestro y se pretende hacer efectiva la cobertura contratada. A partir de este momento, el siniestrado se encuentra con multitud de problemas, impedimentos, contradicciones y actuaciones negligentes.
En primer lugar, la compañía envía un perito para realizar un informe de las causas del siniestro, imputabilidad y valoración de los daños. Estos profesionales a veces no aparecen o, llegan cuando el afectado ha reparado el desperfecto por motivos de urgencia, y no puede verificar los daños por sí mismo. En otras ocasiones, se recibe la visita de un perito y al cabo de dos días la de otro perito, quienes redactan informes dispares. En definitiva, el afectado queda pendiente de una decisión de un profesional que desempeña su actividad de forma seria y responsable si tiene suerte o, aleatoria y negligente en caso contrario.
En segundo lugar, en multitud de ocasiones se deniega la cobertura del siniestro. Este acto unilateral provoca unos perjuicios inmediatos al afectado, quien debe hacer frente a las reparaciones de los desperfectos y daños causados. Las cartas de denegación que se reciben, francamente son, en su mayoría, desmotivadas y faltas de toda lógica racional. Los tramitadores del siniestro efectúan una libre interpretación de las cláusulas del contrato que no se ajustan al más mínimo rigor jurídico o legal.
En tercer lugar, la aseguradora tras haber hecho pago de una indemnización puede instar el derecho de repetición contra su asegurado. En esta reclamación la compañía le va a reclamar el importe de la indemnización, más intereses y costas. Puede existir un motivo fundado para iniciar esta demanda, o no. Pero lo que sí es ineludible, es que el demandado va a tener que defenderse.
Nuestra dilatada experiencia nos ha mostrado un comportamiento por parte de las compañías aseguradoras susceptible de tildarse de abusivo y falto de todo respeto con su cliente y con las condiciones contractuales pactadas. Nuestros conocimientos y trayectoria, nos permiten proporcionar un asesoramiento íntegro para la defensa de los perjudicados por la denegación de la cobertura. Sabemos cómo rebatir los razonamientos fácticos y jurídicos que va esgrimir el oponente, porque nosotros mismos los utilizamos en su día.
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