COMO RECLAMAR A LA EMPRESA LOS SALARIOS DEBIDOS
El ABONO DEL SALARIO: UNA OBLIGACIÓN INEXCUSABLE
El salario es la contraprestación que recibe el trabajador por el tiempo trabajado. El empleado pone a disposición de un empresario su fuerza física o sus capacidades intelectuales por un tiempo determinado. A cambio, recibe una paga, la cual debe proporcionarle como mínimo el sustento vital. Está configuración del salario se atribuye a Karl Marx, quien lo conceptuó desde una definición objetiva y comprensible para todos los interesados.
Sin duda, el sueldo es un elemento imprescindible para que las personas desarrollemos nuestra existencia. Mediante él vamos adquirir los bienes y servicios necesarios para la subsistencia y, también, va a acondicionar nuestro estilo de vida y preferencias.
La retribución laboral se puede concebir como un marcador de estratos sociales, diferenciando entre la clase pudiente, la media y la humilde. Las tres clases tienen cubiertas en la actual sociedad las necesidades básicas. En lo que se van a diferenciar es en el acceso a los servicios y consumo de bienes. El nivel adquisitivo determinará las vacaciones que disfrute una familia, el sistema sanitario que les atienda, la educación; por otro lado, la disponibilidad de adquirir bienes de consumo según el precio de mercado.
En definitiva, la importancia del sueldo es innegable. Es esencial a día de hoy. Es necesario para que una persona esté integrada en la sociedad y tenga una participación y funcionalidad. Por eso, cuando el empleador deja de pagar la retribución a su personal, quebranta el equilibrio construido. A partir del momento que un salario se deja de pagar, no solo se rompe el vínculo entre trabajador y empresario, sino que también se transgrede la lógica capitalista y de mercado.
El empleado que no percibe su sueldo puede reclamar el pago de los atrasados por la vía judicial. Sin embargo, siempre es aconsejable intentar llegar a una solución extrajudicial, antes de acudir a los órganos jurisdiccionales.
Si el impago se produce reiteradamente a lo largo de un año o se llegan a adeudar más de tres sueldos, el empleado puede instar la extinción de la relación laboral por despido improcedente con derecho a indemnización. Antes de interponer la demanda por la vía judicial, es preciso presentar la papeleta de conciliación ante el órgano competente. La acción de reclamación de salarios impagados es compatible con la petición de extinción laboral, por lo que se tramitan en un único procedimiento.
El trabajador tiene el plazo de un año para exigir el abono de las pagas atrasadas. El año se empieza a contar desde el día que el empresario tuvo la obligación de abonarlas. Este plazo es de prescripción, por lo que se puede interrumpir por los medios admitidos en derecho y reiniciar el cómputo del plazo.
En los casos en que la empresa deudora se queda sin circulante y es incapaz de hacer frente a los salarios o entra en concurso de acreedores, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se hará cargo de parte de los mismos. Hay que tener presente, que el FOGASA tiene unos límites y no se va a hacer cargo de la totalidad de atrasos si se superan estos límites.
Teniendo en cuenta la problemática, siempre es beneficioso que el trabajador conozca cuales son las vías legales recogidas en la norma procesal para exigir el cobro de los atrasos y las distintas posibilidades que permite la ley ante el incumplimiento por parte de la compañía.
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