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COMO RECLAMAR UNA INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS AL SEGURO DEL COCHE

LA INTERPOSICIÓN DE UNA DEMANDA CONTRA EL SEGURO DE AUTOMÓVILES

 

El seguro de automóvil es obligatorio. No puede circular ningún vehículo sin tener contratada una póliza.Este imperativo se sustenta por el riesgo que genera la circulación a otros conciudadanos. Esta responsabilidad está recogida en el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. El artículo primero del Real Decreto dispone la responsabilidad del conductor respecto de los daños que ocasione a las personas y a los bienes con motivo de la circulación. El artículo segundo contempla el deber de suscribir un seguro a los propietarios de los vehículos a motor.

 

No es una póliza personal, sino que recae sobre el automóvil. Sin embargo, sí que nos podemos encontrar con pólizas que establecen restricciones. En otras palabras, no todos los conductores que transiten con dicho vehículo estarán cubiertos. Un claro ejemplo, son las que no incluyen en sus clausulado a los menores de 25 años, por su elevada siniestralidad con víctimas mortales.

 

Cuando sucede un siniestro, son muchas las causas a estudiar que lo han provocado. Que un individuo sufra un accidente, no significa que es el responsable de forma directa y objetiva, habrá que valorar las circunstancias para determinar la imputación del causante.  

 

Llegados a este punto, es preciso indicar que el seguro obligatorio solo cubre los daños a terceros físicos o materiales. Para tener cubiertos lo daños propios, se tiene que contratar un póliza voluntaria. La ley establece la obligatoriedad para que los perjuicios que sufran otras personas o sus bienes, no queden desprotegidos. En caso contrario, toda víctima sería vulnerable a un incidente sin opción a una acción reparadora posterior.

 

En muchas ocasiones, la compañía aseguradora deniega la cobertura. En este supuesto, el tomador tiene que hacer frente a los gastos y, además, reclamar la cobertura pactada. Se encuentra con una doble dificultad.

 

Los motivos por las que se deniega la cobertura son muy dispares. Normalmente el rechazo es justificado, aunque muchas veces es totalmente infundado. La gran mayoría de los conductores, se han visto en la tesitura de quedar bajo el arbitrio interpretativo e interesado de las condiciones contractuales acordadas. Los tramitadores deciden cuando otorgar la cobertura o denegarla. Como abogados, hemos visto los más variados casos de rechazo y, algunos de ellos, faltos de toda lógica humana.  

 

Las aseguradoras van a utilizar todos los medios a su disposición, para reclamar los importes de las indemnizaciones que han abonado, cuando consideren que no estaban obligadas a su pago.

 

Es lo que se llama el derecho de repetición, en otras palabras: el que paga la deuda de un tercero puede dirigirse contra esta para reclamársela. Este tercero a veces es el propio asegurado. Simplificando, la compañía paga la indemnización por imperativo legal, sin embargo tiene la opción de reclamar el importe de la indemnización al causante del accidente. Un caso muy típico se da, cuando el conductor involucrado en una colisión, circulaba en estado de embriaguez.

 

Como los lectores pueden apreciar, el seguro por responsabilidad civil de los vehículos comprende unas complicaciones que acaban en un litigio con la compañía aseguradora. Muchas son las problemáticas existentes, que terminan por derivar en un procedimiento judicial y será necesario la intervención de un abogado profesional.

 

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