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COMO RECLAMAR UNA INDEMINIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS A UN ESTABLECIMIENTO PUBLICO

LA INELUDIBLE RESPONSABILIDAD DE LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

 

Los accidentes en establecimientos privados se suelen dar con mayor facilidad en el sector hotelero. Este sector ha crecido exponencialmente en los últimos años y, por ello, centramos nuestra actividad en esta categoría, la cual es extrapolable a cualquier evento negativo que se dé en un local privado.

 

Se ha convertido en una práctica habitual y accesible a toda población el pernoctar en hoteles, hostales, spas y cualquier otro tipo de alojamiento. Ya sea por motivos laborales o vacacionales, la demanda de habitaciones no ha hecho más que crecer.

 

En la mayoría de los casos la estancia suele ser agradable y acorde con los servicios contratados. El problema se da, cuando los servicios prestados no son los estipulados o, el huésped sufre unos daños o perjuicios.

 

La primera actuación que realiza la persona razonable al sufrir un incidente, es dirigirse al director del establecimiento con el fin de que solucione el asunto. Si no existe un consenso de los hechos con la dirección y la asunción responsable por su parte, lo más conveniente es solicitar la hoja de reclamaciones. Una vez efectuada la reclamación, el huésped se debe quedar con una copia, por lo que podrá poner el suceso en conocimiento de la Oficina de Consumo de su localidad.

 

Los negocios de alojamiento y acomodación deben cumplir con toda una serie de medidas de seguridad y salubridad que establece la ley. Tienen la obligación legal de mantener las medidas de seguridad necesarias, para que no se produzcan ningún tipo de percance en sus instalaciones.

 

 

Accidentes tipo en hoteles

 

En cuanto a los accidentes, podemos distinguir a grosso modo dos tipos: los leves y los graves. Los leves vienen referidos a caídas, resbalones, golpes con objetos e intoxicaciones leves, que provocan lesiones que no precisan de asistencia sanitaria. Los accidentes graves, serían todos aquellos que precisarían de asistencia sanitaria.

 

Los accidentes en establecimientos privados pueden ser consecuencia de la actuación negligente de los clientes al no utilizar las instalaciones con el cuidado debido o, bien, pueden ser provocados por la actuación poco diligente del propietario en la manutención y conservación de las instalaciones en las condiciones adecuadas.

 

En los supuestos, en que el cliente no ha hecho un uso apropiado, no cabe la posibilidad de reclamar por daños y perjuicios. Por ejemplo, si alguien causa desperfectos materiales en la habitación por encontrarse ebrio (situación bastante común en temporadas de vacaciones), y sufre un corte en la mano, no solo no podrá reclamar una indemnización por el corte, sino que el hotel le podrá exigir la reparación de los desperfectos provocados.

 

 

Responsabilidad del hotel o establecimiento.

 

El caso contrario al anterior, se da cuando un cliente sufre unos daños por un percance como consecuencia del mal mantenimiento o falta de conservación de las instalaciones. En este supuesto, sí que cabria la reclamación de una indemnización, aunque sería necesario determinar la causalidad entre el estado de mantenimiento del lugar y el accidente.

 

En los casos en los que el incidente no es consecuencia de la acción del cliente, este deberá reunir todos los elementos de prueba necesarios para justificar que los daños se han producido por culpa exclusiva del hotel. Este es un punto importante, porque la dirección del local va a derivar toda su responsabilidad a la compañía aseguradora con la cual haya contratado una póliza. Esto significa, no que se exima de responsabilidad, sino que la aseguradora es la obligada de responder por los perjuicios ocasionados. Es práctica común en estos casos, que la compañía aseguradora decline toda responsabilidad.

 

Por este motivo, es fundamental probar que existe una actuación poco diligente del hotel y que, los daños o perjuicios, se han producido como consecuencia de esa falta del deber de cuidado por parte del establecimiento.

 

Por fortuna, en los últimos años la legislación que regula la actividad hotelera, así como la normativa en materia de seguridad y salubridad, se ha desarrollado profusamente, por lo que ha mejorado ostentosamente la fiabilidad y confort en los hoteles y otras casas de hospedaje.

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