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COMO RECLAMAR UNA INDEMINIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR UN ACCIDENTE DE PEATON

DEFENSA LEGAL DE PEATONES

 

Los accidentes con peatones suceden cuando un automóvil u otro vehículo de propulsión a motor, colisiona con una persona que se encuentra en la vía pública. Lógicamente, el ciudadano de a pie, es quién va a recibir los mayores perjuicios y daños en estos incidentes.

 

Las últimas estadísticas demuestran que los atropellos en la vía pública han aumentando considerablemente. Este dato obedece a distintas razones, pero las dos principales son: que el número de vehículos es muy superior a los años predecesores y, los despistes por distracciones, cuyo máximo artífice son los teléfonos móviles. Otros muchos atropellos son causados por unas condiciones meteorológicas adversas y por la falta de una visibilidad adecuada.

 

Como hemos avanzado antes, los peatones sufren las peores consecuencias en caso de accidente. No están provistos de ningún elemento de protección que reduzca los daños y su cuerpo soporta el impacto de la colisión íntegramente. Por estos motivos, las lesiones y secuelas que se producen suelen ser mucho más graves que en otro tipo de siniestros.

 

Es preciso hacer un especial énfasis a los atropellos de los ciclistas. La práctica de este deporte al ejecutarse en las carreteras supone un riesgo, especialmente durante el fin de semana. Cada año varios ciclistas son arrollados perdiendo la vida. Por ello, tanto los conductores como los ciclistas, están obligados a extremar las precauciones cuando se encuentran en las carreteras. La prudencia de estos deportistas debe alcanzar incluso a las circunstancias que están fuera de su control o radio de acción, porque un golpe de aire, un bache o una mancha de aceite, pueden dar lugar a un fatal desenlace.

 

En todo incidente hay que concretar la culpabilidad o imputabilidad del siniestro, para establecer a continuación, la responsabilidad o exculpación de los ciudadanos involucrados. Es importante determinar quién ha cometido la acción imprudente o culpable, ya que de ello, dependerá la viabilidad de la posterior actuación jurisdiccional y éxito de la reclamación.

 

A efectos clarificadores, no es lo mismo que un peatón se lance contra un coche en marcha por culpa de la prisa, que un conductor se salte un semáforo y arrolle a una persona. En el primer caso el conductor no tiene ninguna responsabilidad, mientras que, en el segundo, es el responsable indiscutible, por lo que responderá de todos los daños y perjuicios ocasionados.

 

Cuando ocurra una de estos desafortunados sucesos, es fundamental poner en conocimiento de la policía o la guardia civil los hechos y circunstancias por los que se ha producido el atropello. Cuanto antes se les avise más pruebas y testimonios podrán recabar. El atestado que levante la policía debe recoger fielmente lo acontecido. Es importante leerlo atentamente antes de firmarlo y, si se encuentra alguna disconformidad, modificarlo. Toda equivocación o error que conste en el atestado goza de una presunción de veracidad. Si más adelante se interpone una demanda, habría que demostrar el error cometido en sede judicial, lo que puede ser realmente complicado.

 

En el caso de que se hayan daños físicos, hay que avisar de inmediato a los servicios de emergencia. Los sanitarios que acompañan a la ambulancia prestaran los primeros auxilios y redactaran un informe médico de su inspección, donde aparecerá la hora y lugar del accidente.

 

Siempre que sea posible, la persona afectada o un acompañante, debe reunir los medios de prueba a su disposición en el momento: fotografías, testimonios, filmaciones, en definitiva, cualquier prueba que permita posteriormente determinar la responsabilidad del accidente o su exculpación.

 

Existen unos plazos de prescripción para accionar la reclamación. En la vía civil el plazo es de un año y, en la penal de seis meses. Por lo que recomendamos rápidamente, contratar los servicios de un abogado para que lleve un seguimiento de la evolución del lesionado e interrumpir la prescripción de la acción.

 

Cuando se produzcan gastos como la compra de unas muletas, pagos de taxis por desplazamientos o cualquier otro, se tienen que guardar los comprobantes de pago, tickets o facturas para añadirlos al importe de la demanda.

 

Aún cuando los accidentes sean sucesos muy dependientes del azar, extremar las precauciones por parte de cada uno es conveniente. Sobre todo, hay que tener mucho cuidado con los dispositivos móviles y no dejarse llevar por una divertida o amable conversación, pues los resultados, como hemos comprobado por las noticias, son letales.

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